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En cuatro autos distintos, uno por cada recurso presentado, los magistrados de la Sección Tercera, indican que el la fase en la que se encuentra la causa no se persigue la acreditación de hechos sino que se trata de un impulso procesal en el que el órgano instructor tiene que valorar si existen indicios para continuar la tramitación del procedimiento.
En este caso, los magistrados consideran que los hechos que se describen en el auto que propuso sentarles en el banquillo recoge indicios que encajan en la descripción típica de un delito contra la libertad sexual y otro de coacciones ya sean del 172.1 del Código Penal o de carácter leve.
El tribunal, en concreto, indica que las consecuencias jurídicas "del beso y del constreñimiento no pueden ser objeto de valoración en este momento".
La Sala también explica que los recurrentes pretenden en este trámite procesal confrontar las declaraciones como si se tratase del juicio oral.
Los testigos, según los magistrados, relatan unos hechos que son susceptibles de encuadrarse en los dos delitos, por lo que el desafío probatorio corresponderá a la fase del plenario y no a la instrucción, "que se limita a determinar si existen indicios y si son subsumibles en un tipo penal''.
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